Protección de los Árboles en el barrio

La Asociación Vecinal pone especial interés en el cuidado del arbolado urbano,  característica principal  de sus parques y en especial de sus veredas, ya que  muchos de esos ejemplares han sido plantados  cuando se inauguró el Barrio.

A sabiendas de los inconvenientes que acarrean, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público realiza intervención en desrame, cortes de raíces, y extracciones,  como así también en reforestación.

La presencia de los árboles en el contexto urbano es sumamente importante ya que mejora la calidad de aire; disminuye el riesgo de inundaciones, absorbiendo el agua de lluvias; sirve  de barrera para atenuar los ruidos – en nuestro caso las plantaciones en los parques linderos a Colectora General Paz; disminuye la polución atmosférica; controla y atenúa la circulación de los vientos; sirve de hábitat para la fauna, como alguna vez existió en  el ex Vivero Municipal hoy Parque Sarmiento; y sobre todo marca el paso del tiempo del lugar, y realza las calles con sus coloridos follajes.

La Asociación Vecinal durante el año  2009, ha realizado un relevamiento de los ejemplares existentes y para el año entrante se propone invitar a los vecinos a “plantar” nuevas especies que se adecuen  a las características  de las angostas calles.

A continuación hacemos referencia a  la publicación de ADECUA en su página de Internet.

El cuidado de los árboles de las veredas es responsabilidad del Gobierno de la Ciudad. El es responsable de la salud y el buen desarrollo de los ejemplares, de que brinden beneficios a todos los ciudadanos y de que no causen daños a las personas o a las cosas. ¿Quién realiza el servicio de poda o puede retirar un árbol público?

Estas tareas son responsabilidad de la Dirección General de Espacios Verdes (DGEV). Los trabajos se organizan por zonas y también por época del año (corte de ramas y plantaciones en otoño e invierno).

¿Cuáles son los casos en que las ramas o las raíces de un árbol deben ser podadas?

Cuando tapan luminarias públicas o semáforos, cuando invaden la propiedad privada, o cuando existe el riesgo de que se caigan (ramas secas o quebradas). El corte de raíces se realiza cuando levantan y rompen la vereda, o cuando obturan o destruyen caños, desagües y medianeras. Si el árbol está seco o es irrecuperable (por su estado de salud) se puede pedir a la DGEV que se lo reemplace por otro.

¿Tengo que abonar algún costo por esas intervenciones?

No. También es gratuita la reparación de las veredas rotas por el árbol. Si alguien le intenta cobrar usted puede denunciarlo llamando al 0800-999-2727.

¿Cuándo no corresponde pedir la poda o retiro de un ejemplar?

En árboles que se encuentran en buen estado no es necesaria, e incluso puede perjudicarlos.

Tampoco pueden cortarse las ramas de un árbol para evitar que ensucien la calle o la vereda, porque provocan alergias, porque tapan la luz del sol o porque obstruyen la visibilidad de carteles privados.

¿Qué debo hacer para plantar árboles en mi vereda?

A partir de una nueva reglamentación, los vecinos de la ciudad pueden plantar árboles en las veredas de sus casas sin realizar ningún tipo de trámite. Para ello es necesario asesorarse en la Dirección General de Espacios Verdes acerca de cuales son las especies que están autorizadas para ser plantadas en las calles de la ciudad. Además, deberán evaluar el ancho de la vereda en la que desean colocar el ejemplar, y contar con una plantera de más de un metro por un metro y 50 centímetros de profundidad.


¿Qué árboles puedo plantar?

En las aceras inferiores a 3,50m por ancho pueden plantarse las siguientes especies: Lagestroemia indica (crespón), Ligustrum lucidum (ligustro dorado) y Bauhinia candicans (pezuña de vaca)

En las aceras entre 3,50 y 5,50 de ancho se pueden plantar: Robinia pseudoacacia (acacia blanca), Fraxinus americana (fresno americano), Firminiana simples (parasol de la China), Acacia visco (visco), Catalpa bignonioides (catalpa) y Liquidambar styraciflva (liquidambar)

En las aceras mayores a 5,50m de ancho se pueden plantar: Tilia moltkei (tilo), Jacarandá mimosifolia (jacarandá), Tabebuia ipe (lapacho), Platanus acerifolia (plátano), Tipuana tipu (tipa) y Peltophorum dubium (ibirá pitá)

¿Por qué no puedo plantar ficus y gomeros?

Los ficus y gomeros, al igual que los sauces, álamos, y ceibos, no pueden plantarse en ningún tipo de acera, ya que sus raíces rompen rápidamente las veredas y cañerías, y sus hojas, que contienen látex, tapan los desagües pluviales

¿Quién puede realizar un reclamo por arbolado?

Todo ciudadano puede reclamar sobre el o los árboles correspondientes a su frente de vereda. Un solo reclamo es suficiente para iniciar el proceso de inspección y efectivización (en el caso de que correspondan) de las tareas.

¿Cómo inicio un reclamo?

En forma presencial en el CGP de su zona; o en forma telefónica a la línea gratuita 0800- 999- 2727. En ambas opciones deberá explicar brevemente los motivos del reclamo y dejar sus datos: nombre, apellido, dirección y teléfono. El número de reclamo le servirá como comprobante del trámite y le facilitará su seguimiento.


¿Qué puedo hacer al ver que una persona o empresa destruye un árbol público?

Si alguna persona o empresa no autorizada, poda o destruye un árbol público, está incurriendo en el DELITO DE DAÑO A ESPECIES VEGETALES. En el caso de que el hecho se esté efectuando puede denunciar a la comisaría de la zona para que envíe un móvil, frene la acción y detenga a los responsables. En el caso de que el hecho haya ocurrido también puede asentar una denuncia en la misma comisaría.

Información Adicional

Reclamo vinculado con el mantenimiento del arbolado público

* Resolución – Defensoría del Pueblo de la Ciudad


Barriada . Ley de Arbolado